El Constitucional avala que las madres solteras disfruten también del permiso de paternidad

El pleno aboga por que añadan a sus dieciséis semanas las diez que corresponden al otro progenitor
El Constitucional avala que las madres solteras disfruten también  del permiso de paternidad
Dos niños juegan en una instalación de un museo | Aec

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) declaró contrario a la Carta Magna que las madres biológicas de familias monoparentales que trabajan por cuenta ajena no puedan ampliar su permiso por nacimiento y cuidado de un hijo más allá de las dieciséis semanas. De este modo avala que puedan disfrutar también de las diez semanas que constituyen la licencia de paternidad.


En una sentencia, de la que fue ponente la magistrada María Luisa Segoviano Astaburuaga, el pleno estima la cuestión de inconstitucionalidad promovida por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en relación con una serie de cuestiones del Estatuto de los Trabajadores.


El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en concreto, consideraba que las previsiones legales cuestionadas suponían un trato discriminatorio hacia el menor perteneciente a una familia monoparental, ya que implican que recibirá un tiempo de cuidado inferior que el nacido en una familia biparental, a pesar de que tiene idénticas necesidades.


“También que, aunque los preceptos cuestionados tienen carácter neutro, se producía una discriminación indirecta por razón de sexo, ya que el impacto negativo y desfavorable de esa regulación incidiría de manera más intensa sobre las mujeres trabajadoras, que encabezan mayoritariamente las familias monoparentales”, añade la nota de prensa difundida por la corte de garantías.


El Tribunal Constitucional incide en que el citado Estatuto de los Trabajadores no contempla un “régimen específico para el disfrute de los permisos por nacimiento y cuidado de menor, así como la percepción de las correspondientes prestaciones de la seguridad social, en el seno de una familia monoparental”.


“Ello hace que, en un caso como el que ahora se presenta, en el que existe un único progenitor, que es la madre biológica, la suspensión del contrato de trabajo con reserva de puesto (así como la correspondiente prestación económica de la seguridad social, cuando se cumplan los requisitos de afiliación y cotización) se reconoce únicamente a la trabajadora, madre biológica, por dieciséis semanas, de las cuales son obligatorias las seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto”, indica la nota. 

 

"Excelente noticia"

 

El ministro de Derechos Sociales, Pablo Bustinduy, calificó ayer de “excelente noticia” la sentencia del Tribunal Constitucional que reconoce permisos ampliados de 26 semanas a todas las familias monoparentales. 

 

“Es una excelente noticia y una conquista de la sociedad civil tras años de lucha” señaló el ministro al hilo de la sentencia del Constitucional, si bien admitió que “falta mucho por hacer”.

 

 Bustinduy recordó que casi la mitad de las familias monoparentales están en riesgo de pobreza: “Es necesario actuar ya para mejorar todos los ámbitos de la protección social”.

El Constitucional avala que las madres solteras disfruten también del permiso de paternidad

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