El Supremo ha anulado una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) y ha dado la razón a la Xunta alegando que no hay fragmentación indebida en el proyecto del parque eólico de Campelo, en el municipio coruñés de Coristanco.
La sección quinta de la sala tercera del Tribunal Supremo ha concluido que la decisión del TSXG, impugnada en casación por la Xunta, “se aparta de la doctrina jurisprudencial”, por lo que la revoca.
El Tribunal Supremo señala que “el hecho de que dos o más instalaciones de parques eólicos compartan instalaciones de conexión no comporta, ineludiblemente, que debamos considerar la existencia de un único proyecto de parque eólico a efectos de su evaluación medioambiental, sino que habrá que examinar en cada caso las circunstancias concurrentes, a la luz de la normativa y de la jurisprudencia aplicables”.
Por ello, el máximo tribunal indica que “confirma la legalidad del acuerdo administrativo que autorizó el parque eólico de Campelo” por parte de la Xunta de Galicia.
La decisión del Tribunal Supremo abre la vía a otras iniciativas parecidas denunciadas por supuesta fragmentación de proyectos a potencias inferiores a 50 megavatios para beneficiarse así de un proceso acelerado de tramitación por parte de la Xunta.
Unos setenta proyectos eólicos se encuentran paralizados en Galicia por decisiones del TSXG, algunos de ellos de forma cautelar, bien por una supuesta fragmentación o, sobre todo, por presuntamente representar riesgos para el medio ambiente.
La Xunta se ha congratulado este viernes por la decisión del Tribunal Supremo de anular la sentencia del TSXG sobre el parque eólico de Campelo y ha considerado que “abre la puerta” a levantar otras 64 paralizaciones.
En un comunicado, el Gobierno gallego destaca que el Supremo confirma que la Xunta efectuó “una tramitación ambiental conforme a derecho” para la autorización del parque eólico y considera que el fallo “abre la puerta a levantar la paralización de otros 64 parques eólicos” decretada por el TSXG.
Según la Xunta, la resolución del Supremo “entra en el fondo de la cuestión” y “rechaza que se realizase un fraccionamiento en la tramitación de ese parque eólico y que el hecho de que comparta conexiones con otro parque no significa que la tramitación de ambos tenga que ser conjunta”.
Por otra parte, la asociación ecologista Adega,, que interpuso la denuncia contra esa y otras autorizaciones de la Xunta a proyectos de parques eólicos, señaló que espera una consulta efectuada por el TSXG ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para determinar si presenta o no un recurso.
La entidad naturalista advierte de que “mantiene su firme propósito de acudir a todas las instancias precisas para seguir defendiendo los intereses generales y el medio ambiente” frente al “modelo eólico depredador y expoliador” de la Xunta.
Por último, la patronal eólica gallega EGA dice acoger con “cautela” la postura del TS, que considera “un paso más”, pero advierte de la necesidad de “esperar al pronunciamiento de la Unión Europea”.l